Precios de Transferencia en El Salvador

Legislación en El Salvador

Leyes Regulatorias de Precios de Transferencia en El Salvador


El Decreto Legislativo N° 233, de fecha 16 de diciembre de 2009, publicado en el Diario Oficial N° 239, tomo 385, dio origen en el Código Tributario al marco regulatorio de Precios de Transferencia.

Adicionalmente, en fecha 21 marzo de 2018 la Dirección General de Impuesto Internos emite la Guía de Orientación General para Facilitar la determinación de Precios de Transferencia establecida en el Articulo 62-A del Código Tributario y otras disposiciones pertinentes.

Definición de Parte Relacionada en El Salvador


Conforme a lo establecido en el Articulo 199-C del Código Tributario, se entenderá como sujeto relacionado:
Cuando uno de ellos dirija o controle la otra, o posea, directa o indirectamente, al menos el 25% de su capital social o de sus derechos de voto.

  1. Cuando cinco o menos personas dirijan o controlen ambas personas, o posean en su conjunto, directa o indirectamente, al menos el 25% de participación en el capital social o los derechos de voto de ambas personas.
  2. Cuando sean sociedades que pertenezcan a una misma unidad de decisión o grupo empresarial.
  3. En particular, dos sociedades forman parte de la misma unidad de decisión o grupo empresarial si una de ellas es socio o partícipe de la otra y se encuentra en relación con ésta en alguna de las siguientes situaciones:
    1. Posea la mayoría de los derechos de voto.
    2. Tenga la facultad de nombrar o destituir a la mayoría de los miembros del órgano Administración.
    3. Pueda disponer, en virtud de acuerdos celebrados con otros socios, de la mayoría de los derechos de voto.
    4. Haya designado exclusivamente con sus votos a la mayoría de los miembros del órgano de administración.
    5. La mayoría de los miembros del órgano de administración de la sociedad dominada sean miembros o gerentes del órgano de administración de la sociedad dominante o de otra dominada por ésta.

    Cuando dos sociedades formen parte cada una de ellas de una unidad de decisión o grupo empresarial respecto de una tercera sociedad, de acuerdo con lo dispuesto en este literal, todas estas sociedades integrarán una unidad de decisión o grupo empresarial.

  4. A los efectos de los literales anteriores, también se considera que una persona natural posee una participación en el capital social o derechos de voto, cuando la titularidad de la participación directa o indirectamente, corresponde al cónyuge o persona unida por relación de parentesco en línea directa o colateral, por consanguinidad hasta el cuarto grado o por afinidad hasta el segundo grado.
  5. En una unión de personas, sociedad de hecho o contrato de colaboración empresarial o un contrato de asociación en participación, cuando alguno de los contratantes o asociados participe directa o indirectamente en más del 25% por ciento en el resultado o utilidad del contrato o de las actividades derivadas de la asociación.
  6. Una persona domiciliada en el país y un distribuidor o ente exclusivo de la misma residente en el extranjero.
  7. Un distribuidor o agente exclusivo domiciliado en el país de una entidad domiciliada en el exterior y ésta última.
  8. Una persona domiciliada en el país y su proveedor del exterior, cuando éste le efectué compras, y el volumen representa más del cincuenta por ciento (50%).
  9. Una persona residente en el país y sus establecimientos permanentes en el extranjero.
  10. Un establecimiento permanente situado en el país y su casa central o matriz residente en el exterior, otro establecimiento permanente de la misma o una persona con ella relacionada.

Comportamiento de la Administración Tributaria en El Salvador


La Administración Tributaria puede requerir en un proceso de fiscalización, el Estudio de Precios de Transferencia, con el fin de identificar el cumplimiento de lo establecido en el Articulo 62-A del Código Tributario.

Penalidades por Incumplimiento de Precios de Transferencia en El Salvador


El literal l) del Artículo 244 del Código Tributario, establece que la multa por no presentar o presentar fuera del plazo legal o remitir sin las especificaciones contenidas en el código o que disponga la Administración Tributaria en sus formularios, el Informe de Operaciones con Sujetos Relacionados o Sujetos domiciliados, constituidos o ubicados en países, estados o territorios con regímenes fiscales preferentes, de baja o nula tributación o paraísos fiscales; asciende al cero punto cinco por ciento sobre el patrimonio o capital contable que figure en el balance general menos el superávit por revalúo de activos no realizado, la que no podrá ser inferior a tres salarios mínimos mensuales. En cuanto al balance general a que alude este literal, también le será aplicable lo dispuesto en el inciso final del presente artículo.

Requisitos de Documentación y Divulgación en El Salvador

RUTA DE CUMPLIMIENTO
EN PRECIOS DE TRANSFERENCIA

EL SALVADOR - APLICABLE AL EJERCICIO FISCAL 2023

Evite multas y penalizaciones por incumplimiento.

Declaración Informativa en El Salvador


Los contribuyentes que celebren operaciones con sujetos relacionados o sujetos domiciliados, constituidos o ubicados en países, estados o territorios con regímenes fiscales preferentes, de baja o nula tributación o paraísos fiscales durante un ejercicio fiscal, y tales operaciones ya sea en forma individual o conjunta sean iguales o superiores a quinientos setenta y un mil cuatrocientos veintinueve Dólares de los Estados Unidos de América (US$571,429.00), deberán presentar el “Informe de Operaciones con Sujetos Relacionaos” F-982 por medio del portal web del Ministerio de Hacienda.

Documentación Comprobatoria (Estudio de Precios de Transferencia)


El Articulo 62-A del Código Tributario, establece que los contribuyentes que celebren operaciones o transacciones con sujetos relacionados, estarán obligados a determinar los precios y montos de las contraprestaciones, considerando para esas operaciones los precios de mercado utilizados en transferencias de bienes o prestación de servicios de la misma especie, entre sujetos independientes. Igualmente, los contribuyentes deberán determinar a precios de mercado las operaciones o transacciones que se celebren con sujetos domiciliados, constituidos o ubicados en países, estados o territorios con regímenes fiscales preferentes, de baja o nula tributación o paraísos fiscales.

Por su parte, el capítulo V, numeral 7 de la Guía de Orientación No. DG-001/2018, da a conocer la documentación necesaria para comprobar el cumplimiento del Precio de Mercado, según la siguiente estructura:

  • Resumen Ejecutivo
  • Análisis Funcional
  • Análisis de Mercado
  • Análisis Económico

Salvaguarda del Estudio de Precios de Transferencia en El Salvador


El Articulo 147 literal e) del Código Tributario, establece la obligatoriedad de conservar en buen orden y estado, por un periodo de diez años contados a partir de su emisión o recibo, la documentación, información y pruebas que respalde y demuestre que el contribuyente ha considerado para establecer los precios de las operaciones y monto de las contraprestaciones citadas.

Lenguaje de la Documentación en El Salvador


La documentación en materia de Precios de Transferencia se presentará en idioma castellano, conforme a lo establecido en el Artículo 139 del Código Tributario.

Pequeñas y Medianas Empresas en El Salvador


No existe condición especial para las Pequeñas y Medianas Entidades, ya que el Código Tributario establece que los contribuyentes que celebren operaciones o transacciones con sujetos relacionados, sujetos domiciliados, constituidos o ubicados en países, estados o territorios con regímenes fiscales preferentes, de baja o nula tributación o paraísos fiscales, están en la obligación de determinar que dichas transacciones se encuentren Precio de Mercado.

Fecha Límite para preparar la Documentación en El Salvador


La presentación del “Informe de Operaciones con Sujetos Relacionados” F-982, deberá realizarse a más tardar dentro de los tres primeros meses siguientes de finalizado el ejercicio fiscal.

Fecha Límite para enviar la Documentación en El Salvador


La presentación de la documentación probatoria en materia de precios de transferencia se encuentra sujeta a requerimiento de la Administración Tributaria.

Estatuto de Limitaciones en El Salvador


De acuerdo con el Código Fiscal de la República de El Salvador la prescripción es de 5 años a partir de que se presente la declaración.

Métodos de Precios de Transferencia en El Salvador


La obligación tributaria sustantiva prescribe en diez años y las facultades de fiscalización, inspección, investigación y control caduca en tres años.

Comparables en El Salvador


Para establecer si los bienes o servicios son de la misma especie, a efecto de determinar el precio de mercado, se procederá a comparar las características económicas relevantes de las operaciones realizadas por el fiscalizado con otras operaciones realizadas entre partes independientes, para lo cual, se tomarán en cuenta, según sea el caso, los siguientes factores: 

  • Características de las operaciones efectuadas, sean estas transferencias de bienes materiales, bienes intangibles o prestación de servicios.
  • Análisis de las funciones o actividades desempeñadas, incluyendo los activos utilizados y riesgos asumidos en las operaciones de cada una de las partes involucradas en la operación.
  • Términos contractuales o los que no se encuentren expresamente en ningún contrato, con los que realmente se cumplen las transacciones entre partes relacionadas e independientes.
  • Circunstancias económicas.
  • Estrategias de negocios.

En caso de existir diferencias relevantes entre las características económicas de las operaciones, que afecten de manera significativa el precio o monto de la contraprestación, éstas deberán eliminarse en virtud de ajustes razonables que permitan un mayor grado de comparabilidad.

A los fines de la eliminación de las diferencias resultantes de la aplicación de los criterios de comparabilidad, deben tenerse en cuenta, entre otros, los siguientes elementos:

  1. Plazo de pago.
  2. Cantidades negociadas.
  3. Propaganda y publicidad.
  4. Costo de intermediación.
  5. Acondicionamiento, flete y seguro.
  6. Naturaleza física y de contenido.
  7. Diferencias de fecha de celebración de las transacciones.

Implementación de BEPS en El Salvador


Actualmente, la Administración Tributaria no ha contemplado la implementación de las acciones BEPS en el marco regulatorio de Precios de Transferencia.

Última actualización: Julio 2023

Uso de cookies

Este sitio web utiliza cookies para mejorar la experiencia del usuario.
Al utilizar nuestro sitio web, acepta todas las cookies de acuerdo con nuestras Políticas de privacidad.

De acuerdo