BEPS ACCIÓN 13

Precios de Transferencia

BEPS ACCIÓN 13

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José Daniel Hernández Romero
Gerente
José Daniel Hernández Romero
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Uno de los aspectos que los líderes del G20 y de la OCDE han tenido que mejorar, ampliar o actualizar es la documentación sobre Precios de Transferencia, considerando que una mejor documentación disminuirá los costos de cumplimiento para las compañías e incrementará la calidad de la información proporcionada a las Administraciones Tributarias.

La acción 13 es clave para mejorar el sistema fiscal internacional, de hecho, algunos países de la OCDE consideran que es fundamental para corregir los inadecuados niveles de tributación de algunas multinacionales. Uno de los beneficios de aplicar dicha acción es el incremento de la transparencia por parte de las compañías con las Administraciones Tributarias, otro punto es la adecuada tributación con la realidad del negocio.

Esta acción realiza un cambio en la exigencia y calidad de la documentación de precios de transferencia, por lo que fija un nuevo estándar, para esto se diferenciaron tres niveles de documentación, los cuales se describen a continuación:

1. Archivo maestro:

Este documento contiene información de todos los miembros del grupo, se debe plasmar información profunda y minuciosa sobre las actividades económicas a nivel mundial y las políticas en el marco de precios de transferencia.  

2. Archivo local:

El cual contiene información relevante de la compañía local. Se describen las transacciones que esta ha realizado durante un periodo fiscal con empresas relacionadas y el análisis de esas operaciones elaborado por la compañía en la determinación del cumplimiento del Principio de Plena Competencia.  

3. Informe país por país:

Contiene cierta información de la asignación de ingresos e impuestos del grupo. De igual manera, se informa el total de trabajadores, beneficios no distribuidos, el capital declarado y activos tangibles en cada jurisdicción; también se debe señalar claramente cada una de las entidades que pertenecen al grupo y la actividad específica que cada una realiza en cada jurisdicción.   

El plazo para presentar el informe país por país dependerá de cada jurisdicción, por lo que se puede establecer un plazo de presentación distinto.

La autoridad fiscal a la que se presente el informe país por país puede compartir o intercambiar dicho informe con otras jurisdicciones donde opere el grupo. Cabe destacar que para que una jurisdicción comparta el informe país por país, debe asegurarse de que la otra jurisdicción cumpla con ciertos requisitos de confidencialidad, uso apropiado, entre otras condiciones y si las autoridades competentes determinan que se ha incumplido la condición de uso apropiado, puede suspender temporalmente el intercambio de los informes país por país.

Este nuevo enfoque de documentación es mucho más analítico y se basa en elementos estratégicos que permiten poner en un contexto apropiado las operaciones intercompañía. Se espera que con estos tres documentos los contribuyentes estén obligados a señalar de forma coherente su postura y situación en el marco de precios de transferencia y otorgar a las administraciones tributarias información útil.

Esto contribuirá a que las administraciones tributarias tengan un mejor panorama de las políticas y situación actual de los grupos multinacionales e identificar cuáles compañías tienen un perfil de mayor riesgo, esto principalmente en aquellas compañías o grupos que tengan una planificación fiscal agresiva y que no estén cumpliendo con el principio de plena competencia.

Las opiniones expresadas en este artículo son de exclusiva responsabilidad del autor y no necesariamente representan la opinión de Grupo Consultor EFE™️. 

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