La Importancia de las Asambleas Ordinarias y Extraordinarias de las Sociedades Mercantiles.

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La Importancia de las Asambleas Ordinarias y Extraordinarias de las Sociedades Mercantiles.

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Dora Elizabeth Berlanga Garcìa
Gerente
Dora Elizabeth Berlanga Garcìa
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Cuando nos sumergimos en el mundo de las sociedades mercantiles, es imperativo comprender que, si bien existen varios órganos encargados de la administración, la asamblea se erige como el órgano supremo de la sociedad. A medida que evoluciona el panorama legal, las asambleas ordinarias y extraordinarias adquieren un papel crucial en la toma de decisiones estratégicas para el buen funcionamiento de la empresa.

En primer lugar, definamos qué implica una asamblea ordinaria y extraordinaria en el contexto de una sociedad mercantil. El artículo 178 de la Ley General de Sociedades Mercantiles (LGSM) proporciona la siguiente definición:
“La Asamblea General de Accionistas es el órgano supremo de la Sociedad; podrá acordar y ratificar todos los actos y operaciones de esta y sus resoluciones serán cumplidas por la persona que ella misma designe, o a falta de designación, por el Administrador o por el Consejo de Administración.”

A partir de esta definición, podemos afirmar que las asambleas ordinarias y extraordinarias en las sociedades mercantiles son el mecanismo fundamental para la toma de decisiones relacionadas con el desarrollo de la empresa y otros asuntos relevantes. Es esencial diferenciar el Acta de Asamblea de la propia asamblea ordinaria y extraordinaria, siendo la primera el documento que registra los acuerdos tomados, y la segunda la instancia donde se toman las decisiones cruciales para la sociedad.

Es relevante destacar que, aunque no hay un número obligatorio de asambleas ordinarias y extraordinarias en las sociedades mercantiles, estas se convocan cuando surgen temas pertinentes que requieren la deliberación de los socios o accionistas. No obstante, la obligación de llevar a cabo al menos una asamblea ordinaria al año dentro de los cuatro primeros meses persiste. En esta reunión anual se presentan información financiera, balances y otros elementos cruciales para su revisión, además de informes sobre el desempeño de la gerencia o el administrador único, según corresponda al tipo de sociedad.

Un punto crucial a considerar es la reciente reforma que permite la celebración de asambleas ordinarias y extraordinarias de forma virtual. Esta actualización en la legislación ha modificado la dinámica de las reuniones, ofreciendo flexibilidad a las empresas para adaptarse a las circunstancias modernas. No obstante, es vital recordar que, para llevar a cabo asambleas ordinarias y extraordinarias virtuales, se deben cumplir las disposiciones establecidas en los estatutos sociales y la Ley. Cada tipo de asamblea requiere requisitos específicos para su legal instalación y la toma de acuerdos. Es esencial, además, consultar regularmente los estatutos sociales, ya que, aunque la ley establece requisitos mínimos, los estatutos pueden imponer condiciones adicionales. La falta de algún elemento necesario puede invalidar las asambleas ordinarias y extraordinarias, generando complicaciones futuras.



Si eres propietario de una empresa, te invito a revisar el estado de las asambleas ordinarias y extraordinarias y considerar la posibilidad de realizar una auditoría en esta materia. Asegurarte de cumplir con los requisitos legales y estatutarios te brindará tranquilidad y evitará posibles inconvenientes en el futuro. Contáctanos para apoyarte con este y más procesos. 

Las opiniones expresadas en este artículo son de exclusiva responsabilidad del autor y no necesariamente representan la opinión de Grupo Consultor EFE™.  

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