PRINCIPALES CAMBIOS EN LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL 2019

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PRINCIPALES CAMBIOS EN LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL 2019

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El pasado 16 de agosto, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó a través de su página la versión anticipada de la primera Resolución de Modificaciones a la RMF para 2019, sustituyendo al anteproyecto publicado en el mismo medio el día 24 de julio de 2019.

Entre los puntos más destacados se encuentran:

Modificación en la regla 2.2.1. Valor probatorio de la contraseña.

El cambio propuesto consiste en que el SAT puede requerir información y documentación adicional que permita acreditar la identidad, el domicilio, y en general, la situación fiscal de los solicitantes de la contraseña. Los contribuyentes cuentan con un plazo de seis días para aclarar su situación por medio de la ficha de trámite 197/CFF “Aclaración en las solicitudes de trámites de Contraseña o Certificado de e.firma”. La autoridad resolverá en un plazo no mayor a 10 días hábiles.

Modificación en la regla 2.3.13. Cumplimiento de la obligación de presentar aviso de compensación.

El pago de lo indebido está relevado de presentar aviso de compensación. La modificación consiste en cambiar de “saldos a favor” por “cantidades a favor”, lo que incluye al pago de lo indebido.

Modificación en la regla 2.7.1.13. Pago de erogaciones a través de terceros.

En caso de un contribuyente entregue recursos para que un tercero realice erogaciones a cuenta de este, las cantidades proporcionadas deberán ser usadas para efectuar pagos por cuenta del contribuyente o reintegradas a mas tardar el último día del ejercicio (anteriormente se otorgaba un plazo de 60 días).

Derogación de la regla 2.7.1.42. Habilitación de terceros.

Permitía la habilitación a terceros para que en nombre de otro contribuyente realicen trámites y utilicen servicios disponibles dentro de las aplicaciones del SAT.

Modificación de la regla 2.8.1.22. Presentación de declaraciones provisionales del ISR y definitivas del IVA de las personas físicas a través del aplicativo “Mi contabilidad”.

Se elimina la opción que permitía al contribuyente no clasificar sus gastos e ingresos.

Modificación de la regla 2.8.1.24. Facilidades para los contribuyentes que clasifican sus CFDI en el aplicativo “Mi contabilidad”.

Las personas físicas que tributen conforme a la Sección l, Capítulo ll y Capítulo lll del Título lV de la LISR, cuyos ingresos totales del ejercicio inmediato anterior no hubieran excedido de cuatro millones de pesos (anteriormente el tope ascendía a dos millones) y presenten el pago provisional del ISR y el definitivo de IVA, en el aplicativo “Mi contabilidad” están relevados de cumplir con las siguientes obligaciones:

1.     Ingresar de formar mensual su contabilidad electrónica a través del portal del SAT, y

2.     Presentar la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT).

Se deroga la regla 2.8.1.25. Facilidad para personas físicas que clasifiquen sus CFDI de ingresos y gastos a través del aplicativo “Mi contabilidad”. 

Comprendía que los contribuyentes cuyos ingresos en el ejercicio no excedan de dos millones de pesos que presentaran sus pagos provisionales de ISR y definitivos del IVA utilizando el aplicativo “Mi contabilidad”, quedaban relevados de presentar la DIOT.

Modificación 2.14.1. Solicitud para pago a plazos.

Se amplía el plazo para la presentación de quince a ocho días.

Modificación de la regla 3.10.11. Información relativa a la transparencia y al uso y destino de los donativos recibidos y actividades destinadas a influir en la legislación.

Se aclara que las personas morales autorizadas para recibir donativos que no hayan recibido donativo alguno con motivos de las contingencias ocasionadas por los sismos ocurridos en México en septiembre de 2017, deben presentar su información de transparencia indicando que no se recibieron los mismos; en caso de no hacerla la autoridad procederá a dejar sin efectos el certificado de sello digital.

Modificación de la regla 3.10.6. Supuestos y requisitos para recibir donativos deducibles.

Las organizaciones civiles o fideicomisos promoventes, no podrán obtener autorización para recibir donativos deducibles si el o los representantes legales, socios o asociados o cualquier integrante del consejo directivo o de administración que participen de manera directa o indirecta en la administración, control o patrimonio de esta, formen o hayan formado parte de alguna organización civil o fideicomiso a la que se le haya revocado su autorización.

Se derogan las reglas 3.3.1.44, 3.3.1.45, 3.3.1.46, 3.3.1.47 y 3.3.1.48. Aplicativo de subcontratación.

Se eliminan las reglas que comprendían la facilidad para reportar las operaciones de subcontratación laboral, a través del “aplicativo de subcontratación”. 

Modificación del artículo vigésimo sexto transitorio de la RMISC 2019.

Los nuevos lineamientos de la opinión de cumplimiento previstos en la regla 2.1.39. entran en vigor a partir de septiembre 2019. Estos elementos a revisar se incrementaron respecto a la RMISC 2018, añadiéndose los siguientes: 

  • Que el contribuyente se encuentre localizado en el domicilio fiscal. 
  • Tratándose de personas morales que tributen en términos del Título II de LISR, (salvo los que tributen como coordinados, AGAPES y bajo el estímulo de opción de acumulación) que en las declaraciones de pago provisional de ISR no hayan declarado cero en los ingresos nominales del mes que declara (sic) y que haya emitido CFDI de ingresos vigente durante el mismo periodo. 
  • Tratándose de personas físicas y morales bajo el régimen de acumulación por flujo de efectivo, que el contribuyente no haya presentado en el ejercicio de que se trate más de dos declaraciones consecutivas, manifestando cero en ingresos percibidos o ingresos efectivamente cobrados del periodo (sic) y haya emitido CFDI de ingresos durante los mismos meses, los cuales se encuentren vigentes. 
  • Que no se encuentren publicados en el portal del SAT como definitivos en el listado de contribuyentes que realizan operaciones simuladas de conformidad con el numeral 69-B del CFF. 

Entre las modificaciones relevantes en precios de transferencia se encuentra la modificación a la regla 3.9.1.3. fracciones lll y lV, correspondiente a la deducción de ajustes de precios de transferencia en el ejercicio fiscal en el que fueron reconocidos los ingresos o deducciones derivados de las operaciones con partes relacionadas que los originaron, quedando de la siguiente manera:

III.        Obtener y conservar un escrito firmado por quien elaboró la documentación e información a que hacen referencia las fracciones II y V de la presente regla en el que se indique la razón por la cual los precios, montos de contraprestaciones, o márgenes de utilidad pactados originalmente, no correspondieron con los que hubieran determinado partes independientes en operaciones comparables. Lo anterior, a más tardar el día en que el contribuyente deba presentar la declaración del ejercicio fiscal en que fueron reconocidos los ingresos o deducciones derivados de las operaciones con partes relacionadas que originaron el(los) ajuste(s) de precios de transferencia.

IV.        Obtener y conservar un escrito firmado por quien elaboró la documentación e información a que hacen referencia las fracciones II y V de la presente regla en el que se explique la consistencia o inconsistencia en la aplicación de las metodologías de precios de transferencia por el contribuyente y en la búsqueda de operaciones o empresas comparables, al menos en relación con el ejercicio fiscal

inmediato anterior, con respecto a la operación que fue ajustada de manera voluntaria o compensatoria. Lo anterior, a más tardar el día en que el contribuyente deba presentar la declaración del ejercicio fiscal en que fueron reconocidos los ingresos o deducciones derivados de las operaciones con partes relacionadas que originaron el(los) ajuste(s) de precios de transferencia.


Además, se modifica la regla 3.9.11correspondiente a los requisitos para la presentación de las Declaraciones Anuales Informativas de Partes Relacionadas.

“Para los efectos del artículo 76-A de la Ley del ISR, los contribuyentes obligados a presentar las declaraciones anuales informativas de partes relacionadas, normal y complementaria(s), deberán realizar su envío a través del Portal del SAT, para lo cual deberán contar con e.firma o e.firma portable, vigentes.

El llenado y la presentación de las Declaraciones Anuales Informativas de Partes Relacionadas se hará en línea.

La información que se presente deberá cumplir con lo dispuesto en los instructivos y en los formatos guía que se encuentran para su consulta en el Portal del SAT, de conformidad con el tipo de formato que corresponda.

Una vez que concluya con el llenado de las declaraciones, podrá realizar el envío, y con ello obtener los acuses de recibo electrónicos correspondientes.

CFF 32, LISR 76-A”


Por último, se realiza la modificación en la regla 3.9.15. correspondiente a la información de la Declaración Anual Informativa Maestra de Partes Relacionadas del grupo empresarial multinacional.

                      “Los contribuyentes obligados a presentar la Declaración Informativa Maestra de Partes Relacionadas, cuyo contenido esté en línea con el Reporte Final de la Acción 13 del Plan de Acción contra la Erosión de la Base Imponible y el Traslado de Beneficios, podrán presentar la información elaborada por una entidad extranjera que forme parte del mismo grupo empresarial multinacional, siempre que se presente por el contribuyente obligado en idioma español o inglés en línea, a través del Portal del SAT.

                      LISR 76-A, RMF 2019 3.9.14.”


REGLAS MODIFICADAS

  • 1.6. Lugar y forma para presentar documentación
  • 2.1.1. Cobro de créditos fiscales determinados por autoridades federales
  • 2.1.29. Opción para no presentar la declaración informativa de fiduciarias e información de fideicomisos que generan ingresos 
  • 2.1.40. Aplicación en línea para la obtención de la opinión del cumplimiento
  • 2.1.41. Convenio para el pago de créditos adeudados 
  • 2.2.1.   Valor probatorio de la Contraseña
  • 2.2.14. Requisitos para la solicitud de generación o renovación del certificado de e.firma
  • 2.3.13. Cumplimiento de la obligación de presentar aviso de compensación
  • 2.4.10. Informe de fedatarios públicos en materia de inscripción y avisos en el RFC
  • 2.4.11. Procedimiento para la presentación del aviso cuando el contribuyente no proporcionó su clave en el RFC
  • 2.4.13. Cédula de identificación fiscal y constancia de registro fiscal
  • 2.6.1.4. Requerimientos para llevar controles volumétricos de hidrocarburos y petrolíferos 
  • 2.6.1.5. Inconsistencias en los controles volumétricos de hidrocarburos y petrolíferos 
  • 2.7.1.13. Pago de erogaciones a través de terceros 
  • 2.7.1.37. Opción para que comercializadores o entidades gubernamentales de fomento y apoyo a las artesanías, acompañen en el cumplimiento de obligaciones fiscales a los contribuyentes del RIF que elaboren y enajenen artesanías
  • 2.7.1.46. Comprobantes fiscales por venta o servicios relacionados con hidrocarburos y petrolíferos
  • 2.7.2.2. Publicación de datos en el Portal del SAT de los proveedores de certificación de CFDI
  • 2.7.2.4. Requisitos para que los proveedores de certificación de CFDI renueven la vigencia de la autorización 
  • 2.7.2.9. Obligaciones de los proveedores en el proceso de certificación de CFDI
  • 2.7.2.12. Causas de revocación de la autorización para operar como proveedor de certificación de CFDI
  • 2.7.2.13. Liquidación, concurso mercantil o acuerdo de extinción jurídica del proveedor de certificación de CFDI y devolución de la garantía
  • 2.8.1.13. Declaraciones y avisos para el pago de derechos
  • 2.8.1.14. Declaraciones de contribuciones de mejoras, pago de contribuciones y aprovechamientos en materia de agua
  • 2.8.1.16. Información de operaciones a que se refiere el artículo 25 de la LIF
  • 2.8.1.22. Presentación de declaraciones provisionales del ISR y definitivas del IVA de las personas físicas a través del aplicativo “Mi contabilidad”
  • 2.8.1.24. Facilidades para los contribuyentes que presentan declaraciones a través del aplicativo “Mi contabilidad”
  • 2.8.1.26. Presentación de pagos provisionales y definitivos de personas físicas que obtengan ingresos por arrendamiento y en general por otorgar el uso o goce temporal de bienes inmuebles a través del aplicativo “Mi contabilidad”
  • 2.8.2.3. Publicación de datos en el Portal del SAT de los proveedores de certificación de recepción de documentos digitales
  • 2.8.2.4. Vigencia de la autorización de los proveedores de certificación de recepción de documentos digitales
  • 2.8.2.5. Requisitos para que los proveedores de certificación de recepción de documentos digitales renueven la vigencia de la autorización
  • 2.8.2.10. Causas de revocación de la autorización para operar como proveedor de certificación de recepción de documentos digitales
  • 2.8.2.11. Liquidación, concurso mercantil o acuerdo de extinción jurídica del proveedor de certificación de recepción de documentos digitales y devolución de la garantía 
  • 2.8.5.1. Procedimiento para presentar declaraciones de pagos provisionales, definitivos y del ejercicio de impuestos y derechos mediante transferencia electrónica de fondos
  • 2.8.6.5. Presentación de declaraciones complementarias del ejercicio de personas físicas y personas morales 
  • 2.8.8.1. Procedimiento para el pago de DPA’s con línea de captura vía Internet
  • 2.8.8.2. Procedimiento para el pago de DPA´s con línea de captura en ventanilla bancaria
  • 2.13.2. Presentación del dictamen fiscal 2018
  • 2.13.16. Informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente
  • 2.14.1. Solicitud para pago a plazos
  • 2.15.6. Pólizas de Fianzas
  • 2.15.8. Formato de pago para instituciones autorizadas para emitir fianzas fiscales
  • 2.17.3. Reducción de multas y aplicación de tasa de recargos por prórroga
  • 2.17.4. Reducción de multas y aplicación de tasa de recargos por prórroga cuando resulta improcedente alguna compensación
  • 2.17.10. Condonación a contribuyentes sujetos a facultades de comprobación
  • 2.17.12. Procedimiento para determinar el porcentaje de condonación de multas determinadas
  • 2.17.17. Requisitos de la solicitud de condonación de créditos fiscales a contribuyentes en concurso mercantil 
  • 3.2.28. Aplicación de la autorización emitida para enajenar acciones a costo fiscal 
  • 3.9.6. Declaración informativa de fideicomisos empresariales
  • 3.9.7. Información de préstamos, aportaciones para futuros aumentos de capital o aumentos de capital recibidos en efectivo
  • 3.9.11. Requisitos para la presentación de las Declaraciones Anuales Informativas de Partes Relacionadas 
  • 3.9.15. Información de la Declaración Anual Informativa Maestra de Partes Relacionadas del grupo empresarial multinacional
  • 3.9.1.3. Deducción de ajustes de precios de transferencia en el ejercicio fiscal en que fueron reconocidos los ingresos o deducciones derivados de las operaciones con partes relacionadas que los originaron 
  • 3.10.2. Autorización a las organizaciones civiles y fideicomisos para recibir donativos deducibles
  • 3.10.3. Publicación de directorios de las organizaciones civiles y fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles, revocados, no renovados y suspensión de actividades
  • 3.10.4. Vigencia de la autorización para recibir donativos deducibles
  • 3.10.11. Información relativa a la transparencia y al uso y destino de los donativos recibidos y actividades destinadas a influir en la legislación 
  • 3.10.15. Causas de revocación de la autorización para recibir donativos deducibles
  • 3.10.20. Cumplimiento de la cláusula irrevocable de transmisión de patrimonio
  • 3.10.23. Plazo para presentar la información en el caso de revocación
  • 3.13.1. Presentación de declaraciones complementarias en “Mis cuentas”
  • 3.13.7. Presentación de declaraciones bimestrales por contribuyentes del RIF
  • 3.15.6. Procedimiento para cumplir la obligación de los fedatarios públicos de pagar el ISR y el IVA 
  • 3.17.2. Presentación de la declaración anual por intereses reales y caso en que se releva de presentar el aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones
  • 3.19.10. Declaración informativa sobre sujetos ubicados en regímenes fiscales preferentes
  • 3.21.6.1. Presentación del aviso de ejercicio de la opción de personas morales para tributar conforme a base de efectivo
  • 3.21.6.6. Procedimiento para la presentación de la declaración del ejercicio opción de acumulación de ingresos por personas morales
  • 3.23.7. Efectos del impuesto para distribuidores de productos de las empresas de participación estatal mayoritaria
  • 3.23.12. Incentivos económicos y de capacitación para facilitar la incorporación al RIF
  • 5.2.24. Informe sobre folios de marbetes o precintos a través del programa “MULTI-IEPS”
  • 5.2.25. Informe del uso de marbetes adheridos 
  • 5.2.29. Generación de códigos de seguridad
  • 5.2.31. Características del código de seguridad
  • 10.22. Declaración informativa de operaciones realizadas por cuenta de los integrantes del consorcio petrolero
  • 11.4.1. Solicitud de inscripción en el “Padrón de beneficiarios del estímulo para la región fronteriza norte”, en materia del ISR
  • 11.4.4. Programa de verificación en tiempo real para los contribuyentes de la región fronteriza norte 
  • 11.4.14. Contribuyentes que celebraron operaciones con aquéllos que se ubicaron en la presunción del artículo 69-B del CFF


REGLAS ADICIONADAS O CON ADICIONES

  • 2.7.2.1. Requisitos para obtener la autorización para operar como proveedor de certificación de CFDI
  • 2.7.2.2. Publicación de datos en el Portal del SAT de los proveedores de certificación de CFDI 
  • 2.7.2.6. Requisitos de la garantía para obtener autorización para operar como proveedor de certificación de CFDI
  • 2.7.2.11. Amonestaciones a los proveedores de certificación de CFDI
  • 2.7.2.12. Causas de revocación de la autorización para operar como proveedor de certificación de CFDI
  • 2.7.2.16. Operación del servicio de certificación y generación de CFDI de los proveedores de certificación de expedición de CFDI 
  • 2.8.2.3. Publicación de datos en el Portal del SAT de los proveedores de certificación de recepción de documentos digitales
  • 2.8.2.7. Requisitos de la garantía para obtener autorización para operar como proveedores de certificación de recepción de documentos digitales
  • 2.8.2.9. Amonestaciones a los proveedores de certificación de recepción de documentos digitales
  • 2.16.19. Aplicación de la facilidad para asumir la obligación de pago de créditos fiscales por una entidad federativa, en sustitución de sus entes públicos
  • 2.17.6. Multas por las que no procede la condonación 
  • 2.17.10. Condonación a contribuyentes sujetos a facultades de comprobación 
  • 3.10.3. Autorización a las organizaciones civiles y fideicomisos para recibir donativos deducibles 
  • 3.10.6. Supuestos y requisitos para recibir donativos deducibles
  • 3.10.11. Información relativa a la transparencia y al uso y destino de los donativos recibidos y actividades destinadas a influir en la legislación 
  • 3.10.13. Solicitud de nueva autorización para recibir donativos deducibles, en caso de revocación 
  • 3.10.15. Causas de revocación de la autorización para recibir donativos deducibles
  • 3.10.22. Plazo para presentar la información en caso de liquidación, cambio de residencia fiscal y suspensión de actividades
  • 3.10.23. Plazo para presentar la información en el caso de revocación
  • 3.10.31. Distribución de dividendos de fondos de inversión de renta variable
  • 3.13.7. Presentación de declaraciones bimestrales por contribuyentes del RIF
  • 3.18.38. Pago del impuesto sobre dividendos distribuidos en mercados reconocidos extranjeros y expedición del CFDI 
  • 3.18.39. Facilidad para los contribuyentes que obtengan ingresos por servicios de construcción de obra, instalación, mantenimiento o montaje de bienes inmuebles, actividades de inspección o supervisión relacionadas con ellos cuando constituyan establecimiento permanente en el país
  • 3.21.3.12. Certificados de participación colocados entre el gran público inversionista
  • 5.2.24. Informe sobre folios de marbetes o precintos a través del programa “MULTI-IEPS” 
  • 5.2.49. Padrón de Importadores de Alcohol, Alcohol Desnaturalizado y Mieles Incristalizables que no Elaboran Bebidas Alcohólicas
  • 7.41. Suspensión de plazos y términos para efectos de los procedimientos de fiscalización de la CONAGUA
  • 11.4.16. Solicitud de renovación al “Padrón de beneficiarios del estímulo para la región fronteriza norte”, en materia del ISR
  • 11.4.17. Aviso para darse de baja del “Padrón de beneficiarios del estímulo para la región fronteriza norte”, en materia del ISR


REGLAS DEROGADAS DE LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL

  • 1.9.Anexos de la RMF
  • 2.4.7. Crezcamos Juntos Afíliate
  • 2.4.15. Inscripción en el RFC
  • 2.7.1.42. Habilitación de terceros 
  • 2.8.1.25. Facilidad para personas físicas que clasifiquen sus CFDI de ingresos y gastos a través del aplicativo “Mi contabilidad” 
  • 2.8.4.2. Presentación de la declaración informativa
  • 3.3.1.45. Cumplimiento de obligaciones en prestación de servicios diversos a la subcontratación
  • 3.3.4.46. Procedimiento para que los contratistas con actividades de subcontratación laboral autoricen a sus contratantes
  • 3.3.1.47. Procedimiento por el cual el contratante realiza la consulta de la información autorizada por el contratista por actividades de subcontratación laboral
  • 3.3.1.48. Procedimiento que debe observar el contratante para solicitar aclaraciones en materia de subcontratación laboral sobre la funcionalidad del aplicativo
  • 3.23.12. Incentivos económicos y de capacitación para facilitar la incorporación al RIF

 

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