Fideicomisos inmobiliarios para extranjeros

Legal Corporativo

Fideicomisos inmobiliarios para extranjeros

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Bárbara Aguilar Gaona
Gerente
Bárbara Aguilar Gaona
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De conformidad con el artículo 27, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los extranjeros están impedidos para adquirir el dominio directo de tierras y aguas en una franja de cien kilómetros a lo largo de las fronteras y de cincuenta en las playas y solo se permite el uso y aprovechamiento de bienes inmuebles localizados dentro de esta zona restringida mediante la constitución de un fideicomiso, de acuerdo con el título segundo de la Ley de Inversión Extranjera.

Los permisos que otorga la Secretaría de Relaciones Exteriores para constituir fideicomisos tienen por finalidad permitir el uso y aprovechamiento de bienes inmuebles ubicados en zona restringida en favor de personas extranjeras (personas físicas o morales) o bien, a sociedades mexicanas con cláusula de admisión de extranjeros, siempre y cuando el inmueble se destine a fines residenciales y por un periodo máximo de 50 años. El contrato de fideicomiso deberá constar de escritura pública.

De acuerdo con lo anterior, podemos definir al fideicomiso como una figura legal que se utiliza para que los extranjeros puedan escriturar la propiedad mediante un permiso que otorga la Secretaría de Relaciones Exteriores y se hace a través de un banco que sirve para garantizar el funcionamiento del mismo. Este último lleva el nombre de fiduciaria.

Requisitos para la constitución del fideicomiso 

Para poder llevar a cabo la constitución de un fideicomiso, necesitamos obtener la siguiente documentación:

  1. Nombre y nacionalidad del fideicomitente, que es normalmente el dueño del Inmueble.
  2. Nombre de la institución de crédito (banco) que fungirá como fiduciaria.
  3. Nombre y nacionalidad del fideicomisario y, si los hubiere, de los fideicomisarios en segundo lugar y de los fideicomisarios sustitutos.
  4. Duración del fideicomiso.
  5. Uso que se le dará al inmueble (fines).
  6. Descripción, ubicación, medidas, colindancias y superficie total del inmueble objeto del fideicomiso.
  7. Distancia del inmueble respecto de la frontera o de la zona federal marítimo terrestre.
  8. Cubrir el pago de derechos por la cantidad que establece el artículo 25 de la Ley Federal de Derechos vigente, mediante pago electrónico en las instituciones de crédito certificadas.
  9. La solicitud de permisos para constituir fideicomisos en la zona restringida deberá presentarse ÚNICAMENTE por medios electrónicos, a través del SIPAC27

Los permisos para constituir un fideicomiso contendrán la siguiente información:

  • Número de permiso
  • Número de folio
  • Nombre del delegado fiduciario y la institución de crédito (banco) que representa
  • Fecha de solicitud
  • Fideicomitente y su nacionalidad
  • Fiduciario
  • Fideicomisario y su nacionalidad
  • Fideicomisarios substitutos y su nacionalidad, si los hay
  • Duración del fideicomiso
  • Bien materia del fideicomiso
  • Ubicación, ciudad, municipio, estado
  • Superficie total
  • Distancia zona federal marítima o frontera
  • Doce o trece condiciones según sea el caso
  • Fecha de expedición
  • Cargo y nombre de la o el servidor público que autoriza 

Toda solicitud de permiso para constituir fideicomisos de conformidad con lo dispuesto por el segundo párrafo del artículo 14 de la Ley de Inversión Extranjera deberá ser resuelta por la Secretaría de Relaciones Exteriores emitiendo la resolución que corresponda dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha de su presentación.

Las solicitudes de información requeridas a la Dirección General de Asuntos Jurídicos se apegarán a lo establecido en la Ley federal de transparencia y acceso a la información pública gubernamental y su reglamento, así como al Reglamento interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores, con la finalidad de salvaguardar y proteger la propiedad de la o el cliente.

¿Qué documentos necesitas como extranjero para actuar como fideicomisario? 

  • Copia del pasaporte
  • Copia del estatus migratorio
  • Copia de la licencia de manejo (para Estados Unidos y Canadá también sirve como comprobante de domicilio)
  • Copia de un comprobante de domicilio
  • Llenar los formatos que te entregue el banco
  • Pago de los derechos 

¿Es posible vender?

En caso de que la propiedad en fideicomiso se quiera vender, existen dos opciones:

  1. Si es a un mexicano, se solicita la extinción del fideicomiso.
  2. Si es a otro extranjero, se pueden ceder los derechos del fideicomiso en donde se hace el cambio de nombres de los fideicomisarios y de los fideicomisarios sustitutos. 

Es muy importante que siempre consultes a un experto que te guíe de la mejor manera y que siempre garantice la seguridad jurídica de los inmuebles en los que quieras invertir. Si tienes alguna duda puedes ponerte en contacto con nosotros.


Las opiniones expresadas en este artículo son de exclusiva responsabilidad del autor y no necesariamente representan la opinión de Grupo Consultor EFE™.

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  • PRÁCTICAS CORPORATIVAS
  • ASESORÍA LEGAL
  • INMOBILIARIO
Bárbara Aguilar Gaona
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