La correcta aplicación de los precios de transferencia garantiza que las operaciones entre partes relacionadas se realicen conforme al principio de plena competencia (arm’s length). Asimismo, para comprender su impacto real, nada es más útil que analizar algunos casos reflejados brevemente, tanto en México como a nivel internacional.
En este artículo reflejaremos cómo se aplican estas reglas en diferentes sectores, países y tipos de operación. Cada uno representa una lección estratégica y fiscal que ilustra la importancia de una correcta documentación, sustancia económica y selección metodológica adecuada.
Tipo de caso: Caso práctico de precios de transferencia en el sector manufacturero.
Suncolors México, S.A. de C.V., empresa ubicada en Querétaro, forma parte de un grupo internacional dedicado a la producción de pigmentos industriales. A través de operaciones con partes relacionadas extranjeras, se analizaron flujos de compras de insumos y venta de productos terminados bajo el Método del Costo Adicionado (MCA).
En un estudio académico elaborado en el marco de una tesis profesional, se identificó que los márgenes de utilidad bruta aplicados internamente (8.5%) eran menores a los rangos obtenidos en la muestra de comparables independientes (12% a 18%). Si bien el estudio no especifica ajustes, los márgenes detectados fuera del rango intercuartil habrían requerido ajustes voluntarios conforme al artículo 179 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) y a las recomendaciones de las Guías OCDE 2022.
Además de los ajustes financieros, se identificaron deficiencias en la selección de comparables y en el análisis de riesgos.
La empresa no había considerado adecuadamente factores como:
Tipo de caso: Operaciones financieras.
HSBC México, S.A. publicó en 2022 un estudio de precios de transferencia relacionado con la emisión de obligaciones subordinadas perpetuas por 1,000 millones de dólares, colocadas entre partes relacionadas. Esta documentación fue parte del proceso regulatorio y de divulgación ante inversionistas.
El estudio justificó que la tasa de interés pactada (10.25%) era acorde con condiciones de mercado, aplicando un análisis tipo CUP modificado que incluyó comparables del mismo rango de calificación crediticia, madurez, subordinación y tipo de moneda. No obstante, desde 2024 la autoridad mexicana ha endurecido el control de estas operaciones, exigiendo:
De esta manera, se demostró cómo las operaciones financieras entre entidades vinculadas requieren sustento técnico claro, no solo para fines fiscales ante el SAT, sino también para cumplir con estándares de transparencia corporativa.
Tipo de caso: Aplicación metodológica de precios de transferencia.
Una empresa mexicana que importa materias primas desde su matriz en Estados Unidos aplicó el Método del Precio Comparable No Controlado (PCNC) para evaluar si los valores pactados cumplían con el principio de plena competencia.
El análisis consistió en identificar operaciones comparables de importadores independientes dentro del mismo sector. Se ajustaron variables como volumen, condiciones de pago y términos de entrega. La documentación omitía, sin embargo, ajustes por garantías de calidad y economías de escala.
Este ejemplo, evidencia cómo el uso correcto del PCNC requiere información confiable del mercado y una adecuada selección de comparables.
Tipo de caso: Aplicación de precios de transferencia en la industria farmacéutica.
Diversas empresas del sector farmacéutico en México, pertenecientes a grupos multinacionales, han enfrentado retos en materia de precios de transferencia por justificar operaciones con márgenes reducidos. En varios casos, los contribuyentes argumentaron estrategias de mercado como descuentos promocionales o inversión en posicionamiento de marca para explicar precios por debajo del rango de comparabilidad.
Las autoridades fiscales mexicanas han revisado con mayor detalle estas justificaciones, especialmente cuando las empresas aplican métodos como el Precio Comparable No Controlado (PCNC) o el Método del Costo Adicionado (MCA) en sus transacciones intercompañía.
Tipo de caso: Jurisprudencia internacional en precios de transferencia.
El caso de GlaxoSmithKline frente a la autoridad tributaria canadiense es uno de los precedentes más conocidos en materia de precios de transferencia. El conflicto surgió cuando Glaxo Canadá pagó un precio superior por el principio activo ranitidina a su parte relacionada Glaxo Group UK, en comparación con lo que pagaban empresas independientes por el mismo compuesto.
La autoridad fiscal consideró que el precio era excesivo y realizó ajustes. Sin embargo, la Corte Suprema de Canadá falló a favor de Glaxo, argumentando que el análisis no debía centrarse únicamente en el ingrediente, sino en el conjunto de beneficios recibidos: uso de la marca, soporte técnico y acceso al know-how.
Desde la actualización de las Guías OCDE 2022, este precedente debe interpretarse bajo el Enfoque de Valoración de Contingencias (EVC), que incorpora:
Hoy las autoridades fiscales exigen evidencia clara de:
Este caso se convirtió en una referencia clave para reforzar el principio de análisis económico integral: no basta comparar productos, también deben valorarse intangibles y beneficios vinculados. Es un ejemplo de cómo el principio de plena competencia requiere considerar todos los elementos contractuales y funcionales de la operación.
Tipo de caso: Asignación contractual de riesgos y sustancia económica
El caso de Acer Inc. en España gira en torno a la discrepancia entre los contratos firmados con partes relacionadas y la realidad operativa observada por la administración tributaria española. En papel, la filial en España asumía la mayoría de los riesgos asociados a las operaciones, como los comerciales y financieros. Sin embargo, en la práctica, su participación en las decisiones estratégicas y su control sobre estos riesgos era limitada.
La autoridad fiscal determinó que la asignación contractual no reflejaba la sustancia económica de la operación y, por lo tanto, realizó ajustes a los resultados de la filial. Este caso resaltó la necesidad de coherencia entre lo que se declara en contratos y lo que realmente ocurre en la operación diaria de las empresas.
Tipo de caso: Litigio internacional en asignación de utilidades
En 2015, el Servicio de Impuestos Internos (IRS) de EE.UU. realizó un ajuste de más de 3,300 millones de dólares a Coca-Cola Company, al considerar que el método utilizado para asignar las ganancias entre la matriz y sus filiales extranjeras no se apegaba al principio de plena competencia. Coca-Cola había mantenido un acuerdo previamente aceptado por el IRS, pero la autoridad reconsideró su posición alegando cambios en los hechos y condiciones del mercado.
El litigio se centró en si las ganancias asignadas a filiales extranjeras correspondían con su contribución real. El IRS argumentó que el modelo favorecía artificialmente a subsidiarias en paraísos fiscales. Lecciones clave del caso:
Este caso es uno de los más relevantes en materia de precios de transferencia por su impacto económico y por cuestionar acuerdos previos entre empresa y autoridad. Se evidencia que ni los acuerdos previos garantizan inmunidad ante ajustes si no se actualizan conforme a la realidad del negocio.
Tipo de caso: Estrategia comercial vs. percepción fiscal.
En este caso, L'Oréal India justificó márgenes bajos y pérdidas recurrentes argumentando que estaba en fase de penetración de mercado. La autoridad fiscal india, sin embargo, cuestionó la lógica de seguir aplicando esos valores durante varios años sin evidencia tangible de recuperación. Desde 2024, India ha implementado un sistema de monitoreo con modelos predictivos que integran:
Estos casos de precios de transferencia reflejan tanto los desafíos técnicos como los riesgos operativos y legales que enfrentan las empresas al fijar valores entre partes relacionadas. Algunos errores comunes incluyen:
La lección más importante es clara: cada operación intercompañía debe estar respaldada por un estudio sólido, estratégico y técnicamente sustentado.
En este contexto, Grupo Consultor EFE™ se posiciona como el aliado clave para empresas que buscan prevenir riesgos, cumplir con normativas y enfrentar auditorías con certeza técnica.
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