Acciones fiscales COVID-19 en LATAM

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Acciones fiscales COVID-19 en LATAM

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Jorge Alberto De La Rosa Castruita
Socio
Jorge Alberto De La Rosa Castruita
Socio

Actualmente los países de América Latina están pasando por un momento de incertidumbre social y económica, todo esto debido al COVID-19 que, realmente, se ha vuelto un parteaguas en la sociedad.

La rápida propagación de este virus ha forzado a las autoridades a tomar medidas de prevención y salubridad con el objetivo de detener el contagio dentro de sus países. Bien es cierto que no sólo es responsabilidad de las autoridades tomar medidas de prevención, los ciudadanos también jugamos un papel importante para lograr el objetivo.

En continuidad con las medidas de prevención por parte de las autoridades, las empresas han optado por enviar el personal a sus hogares para realizar sus labores de manera remota, con excepción de actividades esenciales para la economía del país. Esto nos da la oportunidad de mostrar que el home office puede ser realmente una herramienta útil en las empresas, tanto para reducir costos, como para facilitar la dinámica diaria de los colaboradores.

Aunado a esto, en los diferentes países de América Latina se han actualizado las fechas para la presentación de declaraciones anuales, como apoyo para aquellos contribuyentes que lamentablemente están pasando por una situación de pobre flujo de efectivo.

Es importante destacar que México no participó en este ‘’estímulo’’ para los contribuyentes, ya que la autoridad tributaria sigue firmemente solicitando la declaración anual como ya bien la conocemos. Esta decisión está fundamentada en la recaudación de ingresos de manera continua y continuará aplicándose para la obtención de recursos para la prestación de servicios y/o productos en el país.

Como información adicional, ayer el Gobierno Federal anunció que se suspenderían actividades no esenciales, por lo que para estos contribuyentes será un punto crítico el no generar ingresos contra los gastos que la autoridad no tiene pensado suspender.

En el caso de otros países latinoamericanos, la modificación en el plazo para aplicación de medidas fiscales se realizará de la siguiente manera:

  • Argentina: del 16 al 31 de marzo la Administración Federal de Impuestos Públicos estará en Feria Fiscal.
  • Chile: prórroga en Operación Renta a partir del 1 de abril, Declaraciones de Regímenes a realizarse el 3 de abril.
  • Colombia: la renovación de matrícula mercantil se extiende al 3 de julio a través del Decreto 434. La declaración de IVA sobre el bimestre de marzo-abril se estará presentando a más tardar el 30 de junio del año actual.
  • Costa Rica: la declaración de IVA sobre los meses de abril, mayo y junio se tiene prevista para pagar al 31 de diciembre del año actual. No aplica para alquileres comerciales.
  • Perú: SUNAT nos muestra aquellos plazos de vencimiento para declaraciones mensuales de acuerdo con la Resolución de Superintendencia N.005/2020/SUNAT.

  • República Dominicana: se aumenta el plazo para la declaración de ISR para personas físicas y al Régimen Simplificado de Tributación.

Lo anterior en apoyo a las contingencias que ha ocasionado el COVID-19 y hoy más que nunca todos, sin importar nacionalidad, cultura, etnia o postura política, debemos estar unidos y comenzar la gestión de planes de acción ante cualquier eventualidad que pudiera surgir, pues la situación por la que estamos pasando nos demuestra que en cualquier momento pueden suscitarse fenómenos no planeados.

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 Las opiniones expresadas en este artículo son de exclusiva responsabilidad del autor y no necesariamente representan la opinión de Grupo Consultor EFE™️. 

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