La venta de acciones de las empresas y la reforma fiscal 2022

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La venta de acciones de las empresas y la reforma fiscal 2022

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Juan Felipe Sánchez Curiel
Director
Juan Felipe Sánchez Curiel
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El pasado 12 de noviembre de 2021, se publicaron en el Diario Oficial de la Federación, diversas modificaciones en materia fiscal a leyes como lo son el Código Fiscal de la Federación, la Ley del Impuesto al Valor Agregado, la Ley del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios y la Ley del Impuesto Sobre la Renta.

En virtud de estas reformas, es importante mencionar los temas más relevantes aplicables principalmente a personas morales, con la finalidad de que se encuentren enterados y pongan en marcha planes de acción para dar cumplimiento a estas nuevas disposiciones legales y mantener un orden y cumplimiento corporativo dentro de su operación, principalmente en el tema de enajenación de acciones, puesto que es una operación muy regular entre las sociedades mercantiles en México. 

Enajenación de acciones a costo fiscal en reestructuraciones corporativas 

Esta reforma la podemos encontrar en el artículo 24 fracción VII de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, asimismo, se adiciona una fracción XI al citado artículo, la cual nos indica que cuando exista una autorización para vender acciones de una sociedad a valor fiscal a través de reestructuras corporativas de la empresa, será aplicable a aquellas que tengan una residencia fiscal en México para que en el momento en el que se lleve a cabo la enajenación de dichas acciones, esa utilidad sea acumulable dentro del territorio nacional.

Otro punto muy importante a tomar en cuenta es que, en el dictamen que debe emitirse respecto de una enajenación de las mencionadas, se le requerirá más información de la que se solicitaba antes de la reforma cuando esta reestructura se determine a costo fiscal. También se deberán indicar las operaciones relevantes en los últimos 5 años.

Si la autoridad llegase a identificar que la reestructura no cumple con parámetros mínimos, no será autorizada y por ende se deberán llevar a cabo las contribuciones que sean correspondientes tomando en cuenta para el cálculo si se ha llevado a cabo entre independiente o, en su caso, el valor que arroje el avalúo correspondiente.

Es importante mencionar también que, si bien esta regulación no forma parte integral de la reforma fiscal, es fundamental tomar en cuenta que en cualquier tipo de reestructura de esta índole en donde se modifique la tenencia accionaria en una sociedad, se debe llevar a cabo un aviso electrónico a través del portal de la Secretaría de Economía, además de realizar los asientos respectivos en los libros sociales, ya que a falta de uno de estos elementos, no tendrá la validez jurídica.

Para estos efectos, es importante tener pleno conocimiento de las obligaciones que se reforman y de aquellas que se generan en materia fiscal cada año, ya que implican obligaciones a tomar en cuenta en tu ejercicio fiscal y las de tu empresa.

Si requieres asesoría en esta materia, no dudes en contactarnos. Grupo Consultor EFE™ cuenta con expertos que te asesorarán y encontrarán la mejor solución a tu situación particular.


Las opiniones expresadas en este artículo son de exclusiva responsabilidad del autor y no necesariamente representan la opinión de Grupo Consultor EFE™. 

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Juan Felipe Sánchez Curiel
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