La constitución de un negocio con perspectiva de éxito

Legal Corporativo

La constitución de un negocio con perspectiva de éxito

Lectura de 5 minutos
Eduardo Núñez Dubón
Socio
Eduardo Núñez Dubón
Socio

La constitución de una sociedad mercantil requiere varias consideraciones prácticas para iniciar con el pie derecho, una de ellas es definir el nombre, el cual debe ser original, en virtud de que no aceptarán en el Registro Mercantil un nombre que ya esté registrado. El nombre debe de ser corto por cuestiones prácticas y evitar errores de pronunciación. Otra consideración es definir el capital autorizado, en tal sentido, debemos saber que a partir de un capital autorizado superior a Q. 500 mil, se debe pagar un arancel equivalente al 8.5 por millar, valor que no excederá de Q. 40,000. A menos de que la sociedad tenga la intención de explotar un negocio que requiera fuertes sumas de dinero, se puede autorizar un valor menor a Q. 500 mil para omitir el pago del arancel. Hacemos la observación de que el capital mínimo para constituir una sociedad anónima guatemalteca es de Q. 200, lo cual facilita la constitución de este negocio mercantil.

  También debe tomarse en cuenta que la sociedad anónima requiere la participación de dos accionistas como mínimo, excepto las sociedades de emprendimiento, las cuales pueden ser unipersonales. De tal forma que para cumplir con este formalismo, se debe considerar cuál será la participación de cada accionista, ésta se refiere al porcentaje de participación que tendrá cada accionista en el capital pagado de la sociedad, sugiriendo así que el capital autorizado, aunque sea una cantidad importante, no se requiere que esté pagado al momento de constituir la sociedad, únicamente se estipula en la legislación mercantil que se aporta un valor que se llamará el “capital pagado”, el cual será discrecional en función de la decisión de los accionistas fundadores, sin que estén obligados a pagar el valor restante, considerando que se debe asignar un valor a las acciones que representen el valor del capital pagado.

Satisfechas las anteriores formalidades, se requiere definir el objeto social, es decir, a qué actividad de negocios se dedicará la sociedad, para lo cual se debe describir la actividad primaria que explotará el negocio y es recomendable agregar una descripción amplia de otras actividades que puede realizar la sociedad a manera que pueda en cualquier momento desarrollar otros negocios y que no tenga limitaciones en el porvenir. De igual manera, es necesario nombrar al representante legal, quien tendrá la responsabilidad de firmar los contratos, asumir las obligaciones sociales y ejercer los derechos para explotar el negocio.

El tiempo requerido para constituir una sociedad anónima en nuestro país es de alrededor de una a tres semanas ante el Registro Mercantil con el auxilio de un notario y la asesoría de un auditor. Debe considerarse que, definido el nombre, el capital autorizado, el valor de las acciones, la participación accionaria y el representante legal, se deben considerar las responsabilidades fiscales, las cuales quedan definidas al momento de su inscripción ante la Superintendencia de Administración Tributaria y están relacionadas con escoger uno de los regímenes de pago del Impuesto Sobre la Renta. Las opciones son: el Régimen Opcional Simplificado, el cual aplica para los negocios que tienen ingresos importantes y costos y gastos relativamente bajos, pagando el 5% sobre el total de su facturación en forma mensual, cuando reporten ingresos de hasta 30,000 quetzales y pagando el 7% sobre el exceso de este valor, siempre mensualmente; o el Régimen Sobre Utilidades de Actividades Lucrativas, régimen de pago para negocios que tiene costos y gastos que pueden disminuir sus ingresos y cuenten con utilidades que representen como referencia un 25% de sus ingresos pagando una tasa impositiva anual del 25% al final de un año, calculada sobre la utilidad resultante al cierre del ejercicio. Adicionalmente, la sociedad también podrá inscribirse como un pequeño contribuyente cuando los ingresos anuales no superen Q. 150 mil. Además, se debe definir la inscripción ante el Impuesto al Valor Agregado y el Impuesto de Solidaridad, el cual no aplicará si la decisión para pagar el Impuesto Sobre la Renta es inscribirse en el Régimen Opcional Simplificado.  

Finalmente, ante la Superintendencia de Administración Tributaria, SAT, se registra la dirección fiscal, se inscribe al perito contador para concluir la inscripción y disponer del Número de Identificación Tributaria (NIT). Se concluye el proceso autorizando los libros legales de contabilidad y solicitando la autorización de facturas. Una vez inscrita la sociedad anónima, tanto en el Registro Mercantil como ante la SAT, se procede a la inscripción ante el seguro social, IGSS, siempre y cuando se inicie con un mínimo de tres empleados, cosa contraria no es necesario, aclarando que la responsabilidad de la inscripción ante el IGSS es desde el primer día que se tenga en la plantilla a los tres empleados. Por último, se emiten los contratos de trabajo, requisito laboral indispensable que formaliza la relación obrero-patronal, los cuales se tramitan en línea ante el Ministerio de Trabajo y Previsión Social, obligación que es indispensable cumplir, aunque únicamente se tenga una persona en la plantilla, y necesariamente considerar un reglamento interno de trabajo cuando se tengan diez o más empleados. Teniendo en cuenta la orientación descriptiva que antecede, ya se cuenta con el respaldo legal para iniciar con buen pie. Lo que sigue dependerá de las iniciativas, la buena dirección y la aceptación que se tenga en el mercado. No olvidemos que el orden, la perseverancia y siempre una adecuada asesoría contribuyen a alcanzar la meta deseada.


Las opiniones expresadas en este artículo son de exclusiva responsabilidad del autor y no necesariamente representan la opinión de Grupo Consultor EFE™.  

Tags
  • SOCIEDAD ANÓNIMA
  • SOCIEDAD MERCANTIL
  • CONSTITUCIÓN DE NEGOCIOS
  • INSCRIPCIÓN DE NEGOCIOS
Eduardo Núñez Dubón
A continuación

El costo de la corrupción

Legal Corporativo | Lectura de 10 minutos

¿Cómo podemos ayudarle?

Uso de cookies

Este sitio web utiliza cookies para mejorar la experiencia del usuario.
Al utilizar nuestro sitio web, acepta todas las cookies de acuerdo con nuestras Políticas de privacidad.

De acuerdo